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Noticia

COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE CON PROTOCOLO PARA CONTINUAR ACCIONES

El Ministro del Deporte y la Presidenta de la Comisión Nacional Antidopaje de Costa Rica, acuerdan la Guía de procedimientos específicos para las acciones operativas de la CONAD-CR.

 

 



* El Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas, y la Presidenta de la Comisión Nacional Antidopaje de Costa Rica, Marta Solano Arias, acuerdan la Guía de procedimientos específicos para las acciones operativas de la CONAD-CR.

Con el objetivo de poder continuar con las operaciones en cuanto a Gestión de Resultados, Tribunales de Dopaje, Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico y personal administrativo, la Comisión Nacional Antidopaje de Costa Rica ya cuenta con su protocolo debidamente aprobado.

Tras ser revisado y aprobado por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación y recibir el visto bueno del Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas, el protocolo fue remitido a la Secretaría del Consejo de Gobierno para su correspondiente registro, según lo establecido en la Directriz N°082-MP-S, para la reactivación y continuidad de los sectores durante la Emergencia Nacional del COVID-19.

El riguroso documento prioriza la protección de la salud de los y las deportistas, del personal de apoyo de éstos-as y del personal de recogida de muestras antidopaje, al tiempo que implementa estrategias operativas a tono con las disposiciones sanitarias vigentes emanadas desde el Gobierno de la República, la Organización Mundial de la Salud y la Agencia Mundial Antidopaje.

“En medio de esta Emergencia Nacional del COVID-19 tenemos claro que debemos continuar con las acciones de prevención, control y represión del dopaje, con el fin de garantizar un deporte limpio en Costa Rica, y este protocolo permitirá a la CONAD continuar con sus importantes funciones”, señaló el Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas.

Marta Solano Arias, Presidenta de la CONAD CR, comentó que la guía de procedimientos específicos fue elaborada ajustándose a las circunstancias sanitarias actuales que exigen las autoridades de salud.

“Nos complace dar a conocer este protocolo que nos permitirá continuar con el trabajo del control antidopaje en Costa Rica, garantizando la continuidad de los procesos y la seguridad de las personas que forman parte de estos.

“Un agradecimiento muy especial a los doctores Luis Mora y Marvin Rodríguez por el liderazgo en la elaboración del documento y al personal del ICODER a cargo de la revisión de los protocolos, por sus recomendaciones”, añadió.

El protocolo aprobado es de aplicación para todas las personas integrantes de la CONAD-CR y su personal administrativo, Oficiales de Control Antidopaje, Oficiales de Control de Sangre y Oficiales de Prevención y Educación acreditados por la CONAD-CR, todos los y las deportistas y personal de apoyo de los deportistas en concordancia de las Normas Nacionales Antidopaje de Costa Rica.

• El documento se puede descargar en el enlace   www.icoder.go.cr/protocolos-aprobados-deporte-covid-19/func-startdown/2474/?fbclid=IwAR2GWcnrSWgt8ijusRcyW4MXyM4EHCm_7yH5UQooaiN_U8dnh1qYWM89ahk

Además, todas las guías aprobadas están disponibles en el portal institucional del ICODER, en la dirección www.icoder.go.cr/protocolos-aprobados-deporte-covid-19

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PROTOCOLO PARA LAS ACCIONES OPERATIVAS DE LA COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE

La Comisión Nacional Antidopaje de Costa Rica CONAD-CR presenta la guía de procedimientos específicos para la implementación de las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud, en relación con el COVID-19, para las acciones operativas de la CONAD-CR

Lineamientos operativos
1. Introducción
El 06 de marzo del año en curso, el Presidente de Costa Rica declaró el Estado de Emergencia Nacional disponiendo las medidas de aislamiento social obligatorio, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote de COVID-19.

Dadas estas circunstancias, la Comisión Nacional Antidopaje de Costa Rica (en adelante, CONAD-CR) ha decidido realizar modificaciones en el Programa Nacional Antidopaje de la CONAD 2020 e implementar estrategias operativas en concordancia con los mandatos del Gobierno de la República, recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y las emitidas por la Agencia Mundial Antidopaje.

Lo anterior para dar cumplimiento a las obligaciones de nuestro país como signatario de la Convención Internacional de la Lucha contra el Dopaje en el Deporte de la UNESCO y del Código Mundial Antidopaje.

La situación actual ha obligado a ajustar las operaciones diarias de la CONAD-CR, reduciendo los programas de control de dopaje (incluyendo pruebas antidopaje y otras actividades, con el objetivo de garantizar la protección adecuada de los y las atletas y personal de control de dopaje, ya que la salud debe de tener prioridad.

Durante esta situación del Covid-19, los atletas continuarán sujetos a todas las disposiciones del Código Mundial Antidopaje y deben cumplir en consecuencia con estas disposiciones, ya que los atletas siguen siendo el núcleo de nuestra misión.

2. Finalidad
Estos lineamientos tienen como finalidad determinar las estrategias operativas a ser adoptadas por la Comisión Nacional Antidopaje de Costa Rica, en relación con la pandemia SARS-CoV-2 (en adelante, COVID-19), dando cumplimiento a su rol y responsabilidades asumidas como Organización Nacional Antidopaje.

3. Objetivos
Estos lineamientos se han desarrollado con los siguientes objetivos:
• Priorización de la protección de la salud de los y las deportistas, personal de apoyo al deportista y personal de recogida de muestras antidopaje.
• Contribución para el cumplimiento con los objetivos del gobierno de minimizar la diseminación de la enfermedad COVID-19.
• Fortalecer las acciones de prevención, control y represión del dopaje para garantizar un deporte limpio en Costa Rica.
• Cumplir con el rol, las responsabilidades y las obligaciones de Costa Rica como signatario en materia antidopaje.
• Continuar con las operaciones de la CONAD-CR: Gestión de Resultados, Tribunales de Dopaje, Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico y personal administrativo.

4. Aplicación
Esta política es de aplicación para todas las personas integrantes de la CONAD-CR y su personal administrativo, Oficiales de Control Antidopaje y Oficiales de Control de Sangre y Oficiales de Prevención y Educación acreditados por la CONAD-CR, todos los y las deportistas y personal de apoyo deportistas en concordancia de las Normas Nacionales Antidopaje de Costa Rica, aprobadas mediante acuerdo del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación No. CND # 959-2015 del 17 de setiembre de 2015.
Documento de la Agencia Mundial Antidopaje llamado:
Guía para las Organizaciones Nacionales Antidopaje en tiempos de COVID-19 (COVID-2019: ADO GUIDACE, WADA emitido el 20 de marzo 2020). Además, para las personas integrantes de los procesos de Gestión de Resultados, Tribunales de Dopaje y Comité de Autorizaciones de Uso Terapéutico

5. Contenido
5.1. Controles antidopaje
Objetivo: Establecer los lineamientos para la realización de controles antidopaje en el contexto de la alerta sanitaria por COVID-19, reforzando las medidas de cuidado integral de la salud.

Estrategias operativas
a. Modificación del Plan de Distribución de Controles del Programa Nacional Antidopaje 2020 de la CONAD-CR.
b. Elaboración e implementación del “Protocolo de Bioseguridad durante el periodo de Alerta Sanitaria de COVID-19”.

c. Consentimiento informado de parte de la persona atleta, en el cual informe que no tiene ningún síntoma, que no ha estado en contacto con nadie en ningún lugar de riesgo.

d. Si se realiza control fuera de competencia a atletas con orden sanitaria de cuarentena se les debe posponer el control. Es decir, a la persona atleta se le reprograma el control.

e. Modificación parcial de Guía de Recolección de Muestras de Control Antidopaje.
• Elaboración de flujo de control antidopaje durante la alerta sanitaria por COVID-19.
• Reforzamiento de práctica de toma de temperatura corporal antes de la recolección de la muestra, lavado de manos con agua y jabón en momento previo y posterior a la recolección de dicha muestra.
• Mantener distanciamiento físico obligatorio, de 2 metros de persona a persona.
• Establecer a corto-mediano plazo una guía técnica del programa piloto de pruebas virtuales para la recolección de muestras antidopaje. (Plan Piloto).

f. Provisión de equipo de protección personal (EPP) al personal de recolección de muestras, atletas y representante.

g. Selección y capacitación específica de Oficiales de Control Antidopaje (OCD) y Oficiales Control de Sangre (OCS) sobre modificaciones a la Guía de Recolección de Muestras de Control Antidopaje y uso adecuado del equipo de protección personal, a través de:
• Sesiones de videoconferencia
• Folletos informativos
• Otros medios
h. Se debe llevar el registro de oficiales de control de dopaje (OCD) con todos los detalles, nombre completo, correo electrónico, hora de llegada y salida, temperatura corporal, de tal manera que se garantice que están realizando los procedimientos sanitarios del Ministerio de Salud.

i. Garantizar que el personal de recolección de muestras (OCD y OCS) es suficiente, competente y que no muestra síntomas o signos que puedan estar relacionados con la infección por COVID-19, que incluye, pero no limita: dolor de garganta, tos, fiebre, anosmia, ageusia y síntomas gastrointestinales, aunque los síntomas sean leves. Por lo que la recolección de muestras es segura y sin riesgos para las y los deportistas o su personal de apoyo y no es razón para negarse a someterse a la sesión de recogida de muestras.

j. Generar contenido de información respecto a los procedimientos de control antidopaje para deportistas y personal de apoyo a deportistas, a través de:

• Redes sociales
• Cooperación con el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, Organizaciones Antidopaje Regionales y otras Organizaciones Nacionales Antidopaje.

• En caso de negativa a someterse a la recogida de muestras alegando riesgo por contagio de COVID-19, es deber del o la Oficial de Control Antidopaje de:
• Informar al o la deportista, que la recolección de muestras es segura y sin riesgos de contagio por COVID-19.
• Informar al o la deportista las posibles consecuencias de una negativa al cumplimiento del deber de sometimiento a un control antidopaje.
• Recabar toda la información que considera pertinente relacionada con la justificación del o la deportista e información adicional que el o la deportista desee declarar.
• Garantizar la confidencialidad de la información relacionada con datos personales e información personal del o la deportista, la cual solo será utilizada en la actividad antidopaje.

k. Supervisar, monitorear y evaluar el cumplimiento de medidas de bioseguridad y estrategias operativas implementadas.

5.2 Paradero/localización
Objetivo: Determinar las acciones necesarias en torno al paradero/localización en el contexto de la Alerta Sanitaria por COVID-19, como herramienta fundamental para la ejecución de controles antidopaje fuera de competencia más eficaces.

Estrategias operativas:
a. Asignación del Grupo Registrado de Control (GRC) 2020.
b. Notificación virtual de inclusión en el Grupo Registrado de Control, la misma que se pondrá en conocimiento del o la deportista y su Federación Deportiva Nacional correspondiente, a través de correo electrónico.
c. Asesoramiento personalizado sobre el uso de herramientas de ADAMS, mediante plataformas de video y otros medios electrónicos.
d. Consolidar ADAMS como herramienta fundamental para la comunicación entre la CONAD-CR y deportistas, a fin de que este sirva, además, como elemento de recolección de información de salud.
f. Realizar capacitaciones, reuniones virtuales.

5.3. EDUCACIÓN Y PREVENCIÓN ANTIDOPAJE
Objetivo: Proporcionar directrices para el desarrollo de programas de aprendizaje a distancia sobre materia antidopaje para los actores del Sistema Deportivo Nacional.

Estrategias operativas
1. Suspender temporalmente todo tipo de actos presenciales hasta que exista el aval de las autoridades sanitarias al presente protocolo.

2. Elaborar materiales educativos, que incluyan recomendaciones de prácticas y entornos saludables.

3. Organizar sesiones de formación cortas a través de plataformas virtuales.

4. Fomentar el uso de ADeL como plataforma educativa de la Agencia Mundial Antidopaje, a la comunidad deportiva.

5.4. Autorizaciones de uso terapéutico
Objetivo: Establecer los mecanismos adecuados para el acceso y solicitud de Autorizaciones de Uso Terapéutico dentro de la competencia de la CONAD-CR en el contexto de la alerta sanitaria por COVID-19.

Estrategias operativas
1. Elaborar e implementar un Folleto de Información sobre la pertinencia de solicitudes de Autorizaciones de Uso Terapéutico (AUT) durante el período de la alerta sanitaria por COVID-19.
2. Establecer los medios oficiales para iniciar el trámite de solicitud de Autorizaciones de Uso Terapéutico (AUT) durante el período de la Pandemia COVID-19:

a. Sistema ADAMS

b. Correo electrónico: comisión.antidopaje@icoder.go.cr

c. Página web oficial de la CONAD-CR: www.conadcr.org/Control del dopaje/Solicitud AUT.

3. Difundir el uso de herramientas virtuales para búsqueda de medicamentos: NoDopApp y NoDopWeb.

6. Gestion de resultados, tribunales antidopaje y comité de Autorizaciones de uso terapeutico

6.1. Los actos del proceso de Gestión de Resultados continuarán sus procedimientos correspondientes. Asimismo, se dispone que todas las audiencias de trabajo internamente de los diferentes Tribunales Antidopaje y del Comité AUT, durante el año 2020 serán llevadas a través de medios virtuales. (Plataformas de reunión: Teams, Zoom, Meet y otras disponibles).

6.2. En los casos de las Audiencias preliminares o Audiencias definitivas a los y las deportistas, (Artículos 7.9 y 8 del Código Mundial Antidopaje), así como la atención al público en sus oficinas en el Estadio Nacional, serán llevadas a cabo de manera presencial, siguiendo estrictamente los siguientes lineamientos:
• Limpieza y desinfección profunda de las áreas de trabajo.

• Mantener las medidas de higiene necesarias para proteger a las personas involucradas durante las audiencias: Toma de la temperatura corporal a todos los participantes de las Audiencias, lavado y desinfección de manos, distanciamiento de 2 metros entre persona y persona, uso guantes, mascarillas o caretas).

• Disponer de material de bioseguridad, para disminuir el riesgo de contagio de COVID – 19 y otras enfermedades respiratorias o infecciosas en cada sesión de trabajo.

• Brindar lineamientos de conocimiento y manejo (uso y eliminación) a seguir para el uso correcto del equipo de protección personal por parte de los integrantes de los tribunales antidopaje y atletas.

6.3. Se fortalecerán las herramientas de investigación de las denuncias directas o anónimas de dopaje, así como la recolección de información relevante sobre conductas de riesgo de los deportistas o personal de apoyo.

6.4 Las consultas y/o cuestiones relativas al presente documento serán remitidas únicamente al correo: comisión.antidopaje@icoder.go.cr

7. Protocolo de Bioseguridad durante el periodo de alerta sanitaria de covid–19
Los organismos de salud Internacionales (OMS – OPS) y Nacionales Ministerio de Salud y otras autoridades, consideran a la Bioseguridad, como un pilar fundamental en la Garantía de Calidad y Seguridad involucradas en la recolección de la muestra.

Durante el periodo de pandemia de COVID–19 la bioseguridad a nivel mundial tiene mayor rigurosidad, por lo que se establece un cambio y adaptación a la “Guía de Recolección de Muestras CONAD 2020” - Normas de Bioseguridad. Se debe establecer como una doctrina de comportamiento, encaminado a lograr actitudes y conductas seguras para la salud y que atenúen el riesgo de contaminación, contagio o infección para los y las deportistas oficiales de control antidopaje, y representantes técnicos durante una sesión de control antidopaje.

1. Objetivo y ámbito de aplicación
El objetivo principal es prevenir y proteger a todas las personas involucradas en un control antidopaje para que no exista riesgo de contagio por COVID –19. La aplicación se realizará en todos los controles antidopaje planificados del Plan de Distribución de Controles 2020 de la Comisión Nacional Antidopaje – CONAD-CR.

2. Documentos de referencia
• Código Mundial Antidopaje

• Normas Nacionales Antidopaje de Costa Rica.

• Estándar Internacional de Controles e Investigaciones (en adelante, EICI)

• Guía de Recolección de Muestras CONAD 2020, Protocolo de Bioseguridad.

• Guía para las Organizaciones Nacionales Antidopaje en tiempos de COVID-19 (COVID-2019: ADO GUIDACE, WADA

• Lineamientos Generales para la limpieza y desinfección de viviendas que alojen casos en investigación, probables o confirmados de Covid-19, en el marco de la alerta sanitaria por Coronavirus. Ministerio de Salud.

• Lineamientos generales para el uso del Equipo de Protección Personal (EPP), para prevenir la exposición por Coronavirus (COVID-19). Ministerio de Salud
• Llenado del formulario del nexo epidemiológico.

8. Protocolo de bioseguridad durante el período de alerta sanitaria del covid-19 para la recolección de muestras de control de dopaje

1. Implementar las recomendaciones de las autoridades sanitarias, para proteger la salud y seguridad del personal de recolección de muestras, los atletas y cualquier otra persona involucrada en el proceso de control de dopaje. Esto puede incluir lo siguiente:

i. Desarrollar pautas y procedimientos operativos específicos, y llevar a cabo acciones específicas con el fin de capacitar al personal de recolección de muestras (OCD/OCS).

ii. Asegurarse de que el personal de recolección de muestras que realiza las misiones antidopaje esté sano y no presente ningún síntoma que pueda estar relacionado con la infección por COVID-19, incluido dolor de garganta, tos, fiebre, por leve que sea, o algún otro síntoma sospechoso. En principio, el personal de recolección de muestras no debe ser partícipe de una misión de prueba si están enfermos, independientemente de si está relacionado con COVID-19.

iii. El personal de recolección de muestras sanguíneas debe obligatoriamente utilizar bata, cubre zapatos, limpieza o cambio de calzado (sino hay cambio de zapato se debe pasar por una alfombra para limpieza de calzado con desinfectante), cambio de ropa.

iv. Indicar al personal de recolección de muestras que pregunte obligatoriamente a la persona atleta (luego de la comunicación inicial en el inicio de una sesión de recolección de muestras), si él o ella, se encuentra enfermo, o alguien en la ubicación de la prueba ha experimentado cualquier síntoma de COVID-19. Finalmente, si existe alguna persona que está en el grupo demográfico 'en riesgo' (personas adultas mayores o personas con comorbilidades).

v. Proporcionar termómetro digital para la toma de la temperatura corporal, mascarillas o caretas de protección personal y guantes, alcohol o alcohol gel para desinfección de manos, junto con instrucciones sobre cómo usar y desechar los materiales adecuadamente, para personal de recolección de muestras. La CONAD-CR también debe poner estos materiales a disposición de los atletas y sus representantes a pedido.

vi. Indicar al personal de recolección de muestras que se lave las manos regularmente y que desinfecte sus manos o ponerse guantes nuevos al llegar al lugar de la prueba.

vii. Hacer hincapié en la necesidad, de mantener la distancia social recomendada (dos metros) entre el personal de recolección de muestras y el atleta durante la sesión de recolección de muestras mientras que se mantenga y garantice la integridad del proceso.

viii. Desinfectar las superficies de trabajo y todos los materiales antes de comenzar el proceso de la recolección de muestras, entre los atletas durante el proceso y al finalizar la recolección de muestras. El personal de recolección de muestras debe cambiarse los guantes entre atletas, si hay más de un atleta durante una sesión de recolección de muestras.

ix. Tomar la temperatura corporal (uso de termómetro digital) al atleta que se le va a tomar la muestra y registrarla como evidencia del proceso de recolección de muestras.

x. Solicitar a la persona atleta que se lave las manos con agua y jabón hasta los codos o desinfectante para manos antes del inicio de la sesión de recolección de muestras se le debe proporcionar careta, mascarilla y guantes. Cuando se encuentre preparada la persona atleta para proporcionar una muestra de orina o sangre, se enjuagará las manos solo con agua y luego proporcionará una muestra según requisitos del Estándar Internacional para Controles e Investigaciones (EICI). Después al proporcionar la muestra y cerrar el recipiente de recolección, la persona atleta deberá lavar sus manos a fondo con agua y jabón hasta los codos o desinfectante para manos y proceder con el sellado de la muestra.

2. Si la situación en el país no es completamente estable, pero las pruebas pueden continuar, entonces la CONAD-CR debería considerar enfocar su programa de pruebas en atletas específicos de deportes y disciplinas de alto riesgo, incluidas las de su Grupo Registrado de Controles (GRC), y priorizar misiones de control de dopaje fuera de competencia.

3. La CONAD-CR debe considerar emitir cartas de autorización COVID-19 específicas a su personal de recolección de muestras que ayudaría a confirmar los requisitos del atleta para someterse a la prueba de orina o sangre, delineando las medidas que se han tomado en salud para proteger al atleta y las posibles consecuencias para el atleta si se niega a realizar el control.

4. Si el programa de pruebas no puede continuar por razones altamente justificadas, la CONAD-CR debe ajustar su programa en consecuencia y monitorear continuamente la situación sanitaria. Una vez que la situación comience a volver a la normalidad, todos los interesados en la lucha contra el dopaje: la CONAD-CR, Comité Olímpico, Federaciones y Asociaciones Nacionales, Comités Cantonales de Deportes y Recreación, junto con Atletas y la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) deben trabajar juntos para abordar las brechas identificadas y colaborar juntos.

5. En caso de que algún personal de recolección de muestras contraiga la infección COVID-19 en las últimas tres semanas (22 días) de la recolección de la muestra, se debe de informar a los atletas que participaron en ella para su debido seguimiento. Por el contrario, los atletas que se someten a prueba y posteriormente contraen COVID-19 debe alentarse a informar a la CONAD-CR, quién es la responsable de la recolección de muestras, para que alerte al personal que recolectó la muestra sobre la situación presentada.

9. Guía de Recolección de Muestras CONAD-CR 2020

1. Personas involucradas en el control antidopaje
a. Autoridad de Control Antidopaje: La organización antidopaje que autoriza los controles en deportistas sobre los que tiene autoridad.

b. Autoridad de Recolección de Muestras: La organización responsable de la recolección de muestras de conformidad con los requisitos del Estándar Internacional de Controles e Investigaciones, ya sea (1) por la propia Autoridad de Controles; o (2) Por tercera persona delegada a quien se le haya otorgado o subcontratado la autoridad para realizar controles. La autoridad de controles siempre sigue siendo en última instancia responsable bajo el Código del cumplimiento de los requisitos del EICI.

c. Oficial de Control Antidopaje: Persona entrenada y autorizada por la Autoridad de Recogida de Muestras para llevar a cabo las responsabilidades de los OCD en el EICI.

d. Oficial de Control de Sangre: Persona calificada y autorizada por la Autoridad de Recogida de Muestras para recoger una muestra de sangre de un o una deportista.

e. Deportista: Cualquier Persona que compita en un deporte a nivel nacional e internacional (en el sentido en que entienda este término cada una de las Federaciones Internacionales) o nacional (en el sentido en que entienda este término cada Organización Nacional Antidopaje).

f. Personal de apoyo a deportista: Personas entrenadoras, preparadoras físicas, director deportivo, agente, personal del equipo, funcionario o funcionaria, personal médico o paramédico, padre, madre o cualquier otra persona que trabaje con, trate o ayude a deportistas que participen en o se preparen para competiciones deportivas.

2. Objetivos
• Cumplir con los procedimientos estándares de las organizaciones de salud.
• Debe adaptarse a cualquier entorno (comunicación de riesgos con la Autoridad de Control).
• Debe tener medidas de higiene necesarias para proteger a las personas involucradas en un control antidopaje.
• Disponer de material de bioseguridad para los y las OCD/OCS, así disminuir el riesgo de contagio de COVID – 19 y otras enfermedades respiratorias o infecciosas en una sesión de control antidopaje.
• Brindar lineamientos de conocimiento y manejo (uso y eliminación) a seguir para el uso correcto del equipo de protección personal por parte de OCD/OCS.

3. Equipo de Protección Personal (EPP):

Dispositivos de protección primaria que brinda una barrera adecuada para evitar contagios de diferentes enfermedades causadas por microorganismos. (Ver documento descargable)

4. Uso correcto de Equipos de Protección Personal
• Mascarillas de protección
Se utilizan en todo momento, son responsabilidad estricta del deportista, OCD/OCS y representante autorizado.
El uso correcto de las mascarillas es importante para disminuir los riegos de infección (contagio):
• Lavarse las manos y hasta los codos antes de ponerse la mascarilla.
• Evitar tocarla mientras la llevamos puesta.
• Cubrir la boca, la nariz y la barbilla. En el caso de los hombres, es importante afeitarse para que la barba no impida un ajuste perfecto de la mascarilla a la cara.
 Para sacar la mascarilla debe hacerse solo tocando el interior y no por la parte delantera.
 Lavarse las manos después con agua y jabón.

• Guantes:
Es responsabilidad del o la OCD/OCS, utilizar desde la fase de notificación del o la deportista y para la manipulación de todo el proceso de extracción sanguínea y en la manipulación de la muestra sellada de orina del deportista. Se debe evitar el uso de anillos.

El uso correcto de los guantes es fundamental para reducir la contaminación por el virus.
• Una vez colocado los guantes, el o la OCD/OCS no deberá tocarse la cara.
• Para el retiro de guantes el o la OCD/OCS deberá:
o Agarrar de la parte externa del guante sin tocar tu piel y retirarlo. o Con la otra mano enguantada continuar agarrando el guante retirado.
o Con la mano libre retirar el otro guante por la cara interna y retirarlo o dar la vuelta al segundo guante mientras lo retiras de tu mano y dejas el primer guante dentro de este.
• Desecha los guantes a la basura sin reutilizarlos en ningún caso.
• Lavarse las manos con agua y jabón inmediatamente después de desechar los guantes, de no tener esa posibilidad utilizar soluciones de alcohol gel.

• Mallas sujetadoras de cabello
Permite que el cabello este junto, reduciendo el riesgo de contaminación, así mismo facilita la visión del OCS durante el proceso de extracción de sangre.

• Lentes de protección/visores/caretas
Se utiliza al momento de realizar una extracción sanguínea (OCS).

5. Descripción de sustancias de desinfección de manos y superficies
a. Descontaminación:
• Limpieza: Procedimiento para eliminar físicamente la contaminación por materiales extraños. También se elimina material orgánico sobre las superficies.
• Desinfección: Procedimiento que disminuye el número de microorganismos viables a un grado menos perjudicial.
La limpieza y desinfección constituyen procedimientos claves para mantener las condiciones adecuadas en diversos ambientes en una sesión de control antidopaje.

b. Higiene de manos
Al iniciar un proceso de control antidopaje realice el lavado de manos utilizando jabón, agua corriente y papel toalla. El lavado debe durar mínimo 20 segundos. Luego colocarse los guantes.
En caso de no tener agua corriente, Se debe usar un producto desinfectante a base de alcohol, debe durar mínimo de 20 segundos.

10. Procedimiento correcto para la descontaminación de superficies

Durante la pandemia de COVID – 19 al ingresar en la estación de control antidopaje, es necesario que el calzado sea rociado por una solución desinfectante. Se debe desinfectar la superficie de las mesas de trabajo y recepción. De igual forma realizar una limpieza en las superficies de los kits y material de recolección con la solución desinfectante 45 minutos antes de iniciar con el primer control antidopaje. En el caso de desinfección por productos químicos, el o la OCD puede utilizar: solución de cloro en dilución (10%) o solución de alcohol etílico al 70 %.
Al culminar con la sesión de control antidopaje se debe rociar el contenido interno de las bolsas de basura para evitar una contaminación indirecta.
En controles fuera de competencia se debe indicar al o la deportista cómo debe eliminar la bolsa de desechos originados. El o la OCD debe desinfectar la superficie del área de trabajo utilizada antes de retirarse.

En caso de los controles antidopaje donde se recolecte muestras de sangre, se debe rociar el interior del contenedor de punzocortantes con la solución de cloro al 10 %.

Incorporar los basureros y bolsas rojas para el manejo de desechos.
La mesa debe cubrirse con plástico para cada control.

Se debe de limpiar antes y después de cada toma de muestras, con las diluciones descritas a continuación.

El OCD deberá de confeccionar un croquis del lugar donde se realizará la toma de las muestras, y como deberán de estar ubicadas las personas participantes
Las diluciones de cloro se deben de realizar de la siguiente forma: (Ver documento descargable)

El presente Protocolo “Guía de procedimientos específicos para la

en relación con el COVID-19, para las acciones operativas de la CONAD-CR”, con el fin de minimizar el riesgo de contagio de COVID -19.

Dicho protocolo está sujeto a modificaciones, según así lo requiera el Ministerio de Salud en futuros lineamientos y recomendaciones. Asimismo, este Protocolo podrá ser complementado con otras medidas adicionales cuando la administración y organización de la CONAD-CR, así lo requieran.

Con independencia de la fecha de habilitación emitida por el Ministerio de Salud, corresponderá a la CONAD-CR de forma exclusiva definir la fecha, forma y demás condiciones para su puesta en marcha.

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