INTEGRACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE DEPORTES
La Ley 7800 indica:
Artículo 8º—El Instituto tendrá un Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, en lo sucesivo el Consejo Nacional, integrado de la siguiente manera:
- a) El ministro o el viceministro que tenga a su cargo la cartera del Deporte, quien lo presidirá y, en caso de empate, tendrá voto decisivo.
- b) El ministro o el viceministro de Educación.
- c) El ministro o el viceministro de Salud.
- d) Una persona representante del Comité Olímpico Nacional de Costa Rica.
- e) Una persona representante del Comité Paralímpico Nacional de Costa Rica.
- f) Una persona representante de las federaciones y asociaciones deportivas de representación nacional participantes en el Congreso.
- g) Una persona representante de las universidades que imparten la carrera de ciencias del deporte.
- h) Una persona representante de los comités cantonales de deportes participantes en el Congreso.
- i) Una persona representante de las federaciones y asociaciones deportivas y recreativas de personas con discapacidad de representación nacional participante en el Congreso.
MIEMBROS DEL CONSEJO NACIONAL DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN
NOMBRE | REPRESENTANTE | PUESTO EN CNDR |
Royner Mora Ruiz | Ministerio del Deporte | Presidente |
Sofía Ramírez González | Ministerio de Educación | Vice Presidenta |
Andrés Carvajal Fournier | Federaciones y Asociaciones de personas con discapacidad | Secretario |
Iveth Lorena Villareal Guadamuz | Federaciones y Asociaciones | Prosecretaria |
Allan Mora Vargas | Ministerio de Salud | Director 1 |
Henry Núñez Nájera | Comité Olímpico Costarricense | Director 2 |
Fernando González Ledezma | Comités Cantonales | Director 3 |
Wualter Soto Félix | Comité Paralímpico Nacional de Costa Rica | Director 4 |
Juan Carlos Gutiérrez Vargas | Universidades | Director 5 |
- Director Nacional: Donald Rojas Fernández
- Secretaria de Actas: Nicole Varela Villegas
- Abogado: Adrián Echeverría Ramírez