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Noticia

POOL Y BILLAR PUEDEN RETORNAR A ENTRENAMIENTOS INDIVIDUALES

El Ministro del Deporte y el Presidente de la Federación Costarricense de Billar,  acuerdan la Guía de procedimientos específicos para la práctica de las disciplinas deportivas de pool y billar.

 

 


* El Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas, y el Presidente de la Federación Costarricense de Billar, Carlos Manuel Muñoz Zúñiga, acuerdan la Guía de procedimientos específicos para la práctica de las disciplinas deportivas de pool y billar.

Solo para entrenamientos, con salones a una capacidad máxima del 20% y una distancia mínima de dos metros entre jugadores; así será el reinicio de la práctica de las disciplinas deportivas de poll y billar, tras el aval otorgado a su protocolo por parte del Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas.

La Guía de procedimientos específicos para la implementación de las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud, para la práctica de las disciplinas deportivas de pool y el billar fue firmada por el Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas, y el Presidente de la Federación Costarricense de Billar (FECOBI), Carlos Manuel Muñoz Zúñiga, en concordancia con lo dispuesto en la Directriz N°082-MP-S, para la reactivación y continuidad de los sectores durante la Emergencia Nacional del COVID-19.

Tal como lo estipula la mencionada directriz, tras la aprobación de la guía ésta es enviada por el jerarca del sector a la Secretaría del Consejo de Gobierno, para su correspondiente registro.

“En el entendido de que se deben respetar rigurosamente los protocolos para el cumplimiento de las medidas sanitarias del Ministerio de Salud, seguimos comprometidos con este proceso escalonado y progresivo para permitir la continuidad de la práctica deportiva y la actividad física sin contacto, por una mejor salud física y mental”, comentó el Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas.

El Presidente de FECOBI, Carlos Manuel Muñoz Zúñiga, no pudo ocultar su alegría de contar con un protocolo aprobado. “Significa como volver a la vida. Somos un deporte federado y con las salas cerradas los atletas no tenían adonde entrenar”, comentó.

“Esto nos da muchísima tranquilidad. Vamos a implementar todos los compromisos adquiridos en el protocolo; primero para volver a los entrenamientos, y de ser posible, más adelante, para continuar con el campeonato nacional que tuvimos que suspender”, añadió.

El dirigente informó que la FECOBI cuenta con cuatro asociaciones, localizadas en San Francisco de Dos Ríos, Vásquez de Coronado, Alajuela y San José. “Cada una de ella dispone de una sala de juego y no será mayor problema adaptarlas a los requisitos establecidos en este protocolo en cuanto a capacidad y distancia entre jugadores y mesas”, confirmó.

Todas las guías aprobadas están disponibles en el portal institucional del ICODER, en la dirección www.icoder.go.cr/protocolos-aprobados-deporte-covid-19 , y ésta, específicamente, se puede descargar en el enlace www.icoder.go.cr/protocolos-aprobados-deporte-covid-19/func-startdown/2451/


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PROTOCOLO DEL POOL Y EL BILLAR
La Federación Costarricense de Billar, presenta la Guía de procedimientos específicos para la implementación de las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud, en relación con el Covid-19 para la práctica de las disciplinas deportivas de Pool y el Billar.

I. Ámbito de Alcance
Este protocolo atiende las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud, para el reinicio de actividades de entrenamiento para la práctica de las disciplinas deportivas de Poll y Billar.

II. Responsabilidad de la administración de instalaciones para la práctica deportiva del pool y el billar
1. Se limita la cantidad máxima de personas usuarias dentro de las instalaciones a la siguiente fórmula: Área en metros cuadrados / 5 = Cantidad máxima de personas que pueden permanecer en el recinto

2. En la instalación o recinto deportivo: siempre se debe velar por que se mantenga una distancia mínima de 2 metros entre las personas (tomar en cuenta el desplazamiento del practicante durante la actividad).

3. Este aforo se mantendrá vigente según las disposiciones sanitarias actualizadas del Ministerio de Salud.

4. El horario de funcionamiento de cada sala de pool y billar será determinado por la restricción sanitaria actual del Ministerio de Salud.

5. Se prohíbe la entrada al recinto de cualquier persona con síntomas de un cuadro respiratorio. Nota: En caso de que algún atleta padezca de alguna enfermedad respiratoria, diabetes o alguna otra enfermedad crónica, se asignará en un horario especial para reducir la posibilidad de contagio, bajo los mismos protocolos ya mencionado anteriormente. El porcentaje de atletas con este tipo de padecimiento es considerablemente bajo.

6. En caso de ser necesario, se contará con una sala de espera en la que se contemplen los lineamientos de distanciamiento físico, las zonas estarán visiblemente marcadas para cada persona.

7. Con un termómetro infrarrojo se le tomará la temperatura a todas las personas que ingresen al recinto de práctica del pool y el billar.

8. Se tendrá un registro diario con los datos de cada persona que entre al recinto con datos personales (nombre completo, hora, fecha, correo electrónico, número celular, temperatura registrada al ingresar).

9. Se sugiere implementar una barrera física en la entrada de la instalación para que sirva de división entre el personal y los visitantes, de no ser posible se debe garantizar que la persona responsable en la entrada tenga un equipo personal de protección.

10. En la entrada del recinto se debe contar con una zona de limpieza que debe incluir un lavatorio y jabón desinfectante; así como espacio para desinfección de calzado. En esta zona todas las personas que entrarán al establecimiento deberán: lavar sus manos y cara con agua y jabón y luego aplicar la solución desinfectante a las suelas de sus zapatos.

11. Si en la instalación no es posible ubicar el lavatorio en la zona de entrada, la estación de Limpieza debe contar con: un dispensador de alcohol en gel (mínimo al 60%) con el cual la persona que entra a la instalación deberá desinfectar sus manos, hacer el proceso de desinfección de calzado y después de esto, deberá pasar a la zona de servicios sanitarios a ejecutar el lavado de manos y cara para poder iniciar sus actividades en la instalación.

12. Se deberá mantener una bitácora de limpieza de zonas comunes en la que se anote dicho proceso después de cada sesión de entrenamiento. La organización deberá garantizar que se cumplan los protocolos de limpieza y desinfección tanto de zonas de tránsito como de mesas, bolas e implementos para la buena práctica del pool y el billar.

13. Los distintos protocolos del Ministerio deben estar ubicados en lugares visibles (protocolo de saludos, de lavado de manos, y de tos y estornudo). También el presente protocolo debe estar visible en la instalación para la práctica del pool y el billar.

14. Se debe mantener siempre al menos 2 m de distancia entre participantes, las mesas de pool y billar serán reacomodadas para garantizar dicha distancia. En los casos en los que dicho acomodo no sea posible, se habilitarán mesas no contiguas para poder realizar la práctica.

15. Aunque es recomendable que cada jugador juegue con su propio taco y tiza, el establecimiento deberá asegurar que los tacos, tizas y “burros” estén desinfectados para su uso. Los jugadores no deberán dejar sus estuches de tacos en el lugar de entrenamiento.

16. Durante el día es importante realizar una limpieza de mesas, implementos deportivos, pero al cerrar las puertas de los salones de pool y billar, se debe llevar a cabo de forma imprescindible una limpieza en profundidad en las mesas, pisos, baños, implementos deportivos, inclusive en los salones que cuenten con parqueo.

III. Responsabilidades de los participantes de la actividad
1. Acatar todas las disposiciones emitidas en apego a estos lineamientos.

2. Cuando un nuevo atleta llegue a la instalación ha de recibir un breve manual de bienvenida que le explique sus derechos, deberes y cuál es el funcionamiento del centro. Las normas de comportamiento también deben estar expuestas en cada sala y en los baños.

3. Las personas usuarias deberán utilizar dos toallas; una para limpieza de implementos y superficies (si fuera necesario) y otra para aseo personal durante la práctica deportiva.

4. Estas toallas son de uso personal y no pueden ser transferibles o usadas por otras personas.

5. No se puede saludar de beso, mano o cualquier otra forma que implique un acercamiento menor a los 2 metros. Su presencia en el recinto deportivo debe minimizarse y limitarse a el momento de la práctica deportiva.

6. Se recomienda utilizar mascarillas durante su estancia en el recinto deportivo.

7. NO se permite el uso de guantes de látex. Con respecto a los guantes de tela para una de las manos, en el caso de que el jugador no pueda realizar correctamente su práctica, se sugiere tener al menos 2 guantes limpios en cada sesión y cambiar de guante a la mitad de la sesión, luego de haberse lavado las manos correctamente. Los guantes son de uso personal y deberán lavarse correctamente después de cada sesión.

8. Deberán seguir los protocolos de la forma correcta de toser, estornudar indicados por el Ministerio de Salud, los cuales pueden ser observados en las paredes de la instalación y recordar no tocarse la cara mientras entrena.

9. Evite resoplar o utilizar cualquier técnica de expiración forzada que provoque que su saliva pueda pasar al medio ambiente.

10. Es terminantemente prohibido escupir.

11. No se permite compartir botellas de agua, o cualquier utensilio con líquidos / alimentos que se deseen beber / ingerir durante la actividad física o entrenamiento.

12. Las evaluaciones técnicas o físicas de cualquier índole que implique un acercamiento menor de 2 m, estarán suspendidas durante este periodo.

13. El no cumplir las normas anteriores será causal para que se le pida que abandone el establecimiento o recinto deportivo.

IV. Responsabilidades durante el transporte para llegar a las diferentes instalaciones
1. Durante el recorrido a la práctica se debe mantener una distancia de 2m con las demás personas

2. No se debe saludar de beso o cualquier otra forma que sugiera un acercamiento menor a dicha distancia.

3. Los encargados de cada sala de pool o billar deben recomendar a sus visitantes el evitar medios de transporte donde se puedan presentar aglomeraciones.

4. Sugerir lavarse las manos antes de ingresar al transporte o buscar tener el acceso a un dispensador de alcohol en gel (propio o de la instalación de transportes).

5. Se utilizará mascarilla durante el traslado en autobús al recinto.

6. En caso de viajar en automóvil, además de acatar las medidas sanitarias se solicita viajar únicamente con su burbuja social.

El presente “Protocolo específico para el cumplimiento de las disposiciones sanitarias en las instalaciones para la práctica del pool y el billar” contempla las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud con el fin de minimizar el riesgo de contagio de COVID -19. Dicho protocolo está sujeto a modificaciones, según así lo requiera el Ministerio de Salud en futuros lineamientos y recomendaciones. Asimismo, este Protocolo podrá ser complementado con otras medidas adicionales de las instalaciones en los que estos se ubiquen, así lo requieran.

Con independencia de la fecha de habilitación emitida por el Ministerio de Salud, corresponderá a cada instalación para la práctica del pool y el billar, de forma exclusiva definir la fecha, forma y demás condiciones para su reapertura.

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