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Noticia

BOXEO PUEDE ENTRENAR SIN CONTACTO

El Ministro del Deporte y el Presidente de la Asociación Costarricense de Boxeo, acuerdan la Guía de Procedimientos Específicos para la implementación de las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud para la práctica del boxeo.

 

 



* El Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas, y el Presidente de la Asociación Costarricense de Boxeo, Rafael Vega Rodríguez, acuerdan la Guía de Procedimientos Específicos para la implementación de las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud para la práctica del boxeo

La técnica de los golpes, desplazamientos o acondicionamiento físico, todo sin contacto, estarán permitidos en el regreso del boxeo a los entrenamientos, tras la aprobación del respectivo protocolo por parte del Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas.

La Guía de Procedimientos Específicos para la implementación de las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud para la práctica del boxeo fue acordada por el Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas, y el Presidente de la Asociación Costarricense de Boxeo (ACOBOX), Rafael Vega Rodríguez, para así cumplir con lo dispuesto en la Directriz N°082-MP-S, para la reactivación y continuidad de los sectores durante la Emergencia Nacional del COVID-19.

“Tal como lo habíamos aprobado con el taekwondo y el judo, que también son deportes de contacto, con el boxeo hemos acordado un riguroso protocolo que permite los entrenamientos individuales y lógicamente que sin contacto. Estamos muy satisfechos por la buena disposición de la Asociación Costarricense de Boxeo, comprometida a adoptar las condiciones necesarias para ser parte de la solución, en esta nueva realidad”, comentó el Ministro del Deporte, Hernán Solano Venegas.

Por su parte, Rafael Vega Rodríguez, Presidente de ACOBOX, agradeció en primera instancia “a toda la familia del boxeo por la paciencia. Sabemos que han estado esperando con muchas ansias el protocolo y sé que han cumplido en casa. Ahora que tenemos esta guía sanitaria los insto a que la lean, que los entrenadores, comités cantonales y gimnasios privados revisen bien sus instalaciones, adapten el protocolo y procuren cuidar a los atletas o usuarios”.

“Vamos por la mitad de la batalla y recuerden que esta primera etapa es entrenamiento sin contacto, y que los únicos que están autorizados para hacer contacto como alto rendimiento son los seleccionados del ciclo olímpico”, añadió.

La guía para el retorno del boxeo a las prácticas enfatiza que la ACOBOX autoriza entrenamientos sin contacto (escuela de boxeo) para los atletas o usuarios de los gimnasios. Este entrenamiento se basa en trabajar de manera individual biomecánica de golpes, desplazamientos y acondicionamiento físico, y que está prohibida la escuela de combate.

Los entrenamientos no deben sobrepasar de las dos horas y el horario respectivo del gimnasio será acorde a lo estipulado por el Ministerio de Salud.

“Los únicos atletas que pueden realizar entrenamientos de contacto son los de alto rendimiento, en este caso la Selección Nacional que se encuentra en ciclo olímpico, siguiendo las disposiciones sanitarias y procedimientos específicos de este Protocolo”, indica el documento, en el que se le exige al entrenador, además, respetar los dos metros de distancia con su atleta y portar mascarilla o protector facial (lámina plástica).

• Este protocolo se puede descargar en el enlace   www.icoder.go.cr/protocolos-aprobados-deporte-covid-19/func-startdown/2442/


Además, todas las guías aprobadas están disponibles en el portal institucional del ICODER, en la dirección www.icoder.go.cr/protocolos-aprobados-deporte-covid-19


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PROTOCOLO PARA LA PRÁCTICA DE BOXEO
La Asociación Costarricense de Boxeo, presenta la Guía de procedimientos específicos para la implementación de las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud, para la práctica del Boxeo con el fin de minimizar todos los riesgos de salud para todas las personas involucradas.

Disposiciones generales
A. Ingreso a las instalaciones
1. Los atletas-entrenadores o usuarios deben llegar por separado a la instalación, no pueden venir acompañados de terceros en los vehículos particulares, ya que no pertenecen a la misma burbuja social.

2. Menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad que necesiten ser acompañados pueden llegar con un adulto de su burbuja social con previa autorización y coordinación del encargado del gimnasio y para ello habrá que habilitar un espacio de sala de espera.

3. Funcionarios, atletas-entrenadores y usuarios deberán utilizar mascarillas o protectores faciales (láminas plásticas). Se exceptúa el uso de éstas para atletas en el momento del entrenamiento.

4. Atletas-entrenadores o usuarios que presenten síntomas de gripe, tos, pérdida de olfato, fiebre, vómito, diarrea, no deben asistir a la instalación deportiva.

5. Un funcionario de la instalación tendrá la responsabilidad de tomar la temperatura antes del ingreso, con bitácora en mano, un termómetro digital infrarrojo (para evitar el contacto y manteniendo la distancia) y si el atleta-entrenador o usuario presenta fiebre superior a los 38 grados se le solicitará que retorne a su hogar y se comunique con las autoridades respectivas para su seguimiento.

6. Se llevará un registro diario de los usuarios que incluya el nombre completo, el número de teléfono, correo electrónico, fecha y el registro de la temperatura.

7. Se les recomienda a los atletas-entrenadores o usuarios con factores de alto riesgo, vulnerables (diabetes, problemas respiratorios, pulmonares crónicos, cáncer, embarazadas, hipertensión arterial y problemas cardiovasculares) a no asistir a la instalación o bien programar un horario diferenciado acorde a la posibilidad del recinto deportivo.

8. Los encargados de la instalación deberán respetar en todo momento que se cumpla el aforo permitido en las disposiciones sanitarias del Ministerio de Salud.

9. Mantener en todo momento la distancia de dos metros entre cada persona. Se prohíbe el ingreso de motos, scooters, bicicletas y patinetas en el área de entrenamiento.

10. Los atletas portarán ropa limpia, llevarán sus propios guantes, vendas, protectores de cabeza y bucales personales desinfectados desde la casa, botella de agua o cualquier otro líquido, dos toallas y en caso de bañarse llevar sandalias. Queda prohibido el préstamo de artículos de entrenamiento entre ellos.

11.El encargado del gimnasio deberá habilitar un área de desinfección que cuente con: agua, desinfectante en aerosol, toallas desechables para el secado de las manos, jabón líquido antibacterial, alcohol en gel, de al menos 60%, basurero de pedal y un pediluvio que contenga agua y cloro para desinfección de zapatos. Los atletas deben lavarse las manos y la cara al ingresar y salir del recinto.

B. Limpieza y desinfección de instalaciones
1. El encargado del gimnasio deberá limpiar y desinfectar el área de trabajo y áreas comunes antes y después de cada entrenamiento.

2. Entre cada entrenamiento deberá haber una franja de dos horas para el cumplimiento de la correcta limpieza y desinfección.

3. El encargado de la instalación mantendrá una bitácora de limpieza.

4. Cada batería sanitaria debe tener dispensador de jabón antibacterial, alcohol en gel, toallas de papel y basurero de pedal.

5. Personal de limpieza debe usar cubre bocas como también guantes.

6. Artículos personales deben ser depositadas en canastas o lockers para ese fin.

7. Disoluciones de cloro para la correcta limpieza y desinfección de la instalación: (Ver documento descargable).

8. Rotulación en áreas visibles la información sobre las baterías de los baños, correcto lavado de manos, como toser y estornudar y todo protocolo que el Ministerio de Salud indique.

C. Entrenamiento
1. La Asociación Costarricense de Boxeo autoriza entrenamientos sin contacto (escuela de boxeo) para los atletas o usuarios. Este entrenamiento se basa en trabajar de manera individual biomecánica de golpes, desplazamientos y acondicionamiento físico.

2. Está prohibida la escuela de combate. Los únicos atletas que pueden realizar entrenamientos de contacto son los de alto rendimiento, en este caso la Selección Nacional que se encuentra en ciclo olímpico. Siguiendo las disposiciones sanitarias y procedimientos específicos de este Protocolo de entrenamiento.

3. Los entrenamientos no deben sobrepasar de las dos horas y el horario respectivo del gimnasio será acorde a lo estipulado por el Ministerio de Salud.

4. El entrenador deberá respetar la distancia de dos metros respecto a su atleta o usuario y portar mascarilla o protector facial (lámina plástica).

5. Los atletas o usuarios del gimnasio evitarán resoplar o utilizar cualquier técnica de expiración forzada que provoque que su esputo pueda salir al medio ambiente, además que está terminantemente prohibido escupir ya sea en el Gimnasio o alrededores de la instalación. No pueden gritar ni saludarse de mano o de beso y también está prohibido abrazarse.

6. Queda prohibido salir del gimnasio para realizar cualquier otro tipo de rutina durante el entrenamiento.

7. Las evaluaciones físicas de cualquier índole deben ser sin contacto, de lo contrario quedarán suspendidas durante el periodo del COVID-19.

8. En caso de que algunos de los atletas-entrenadores o usuarios no cumplan con los lineamientos proporcionados por el Ministerio de Salud, se les estará solicitando que abandonen de momento la instalación.

El presente “Protocolo de Guía Específica para el cumplimiento de las disposiciones sanitarias en los Gimnasios de Boxeo” contempla las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud con el fin de minimizar el riesgo de contagio de COVID -19. Dicho protocolo está sujeto a modificaciones, según así lo requiera el Ministerio de Salud en futuros lineamientos y recomendaciones. Asimismo, este Protocolo podrá ser complementado con otras medidas adicionales cuando el gimnasio y/o clubes en los que estos se ubiquen, así lo requieran.

Con independencia de la fecha de habilitación emitida por el Ministerio de Salud, corresponderá a cada Gimnasio de Boxeo, de forma exclusiva definir la fecha, forma y demás condiciones para su reapertura.

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